El Ayuntamiento de Arganda no recurrió la sentencia en el plazo legalmente previsto, por lo que la decisión de los tribunales ya es una realidad: dan la razón a un centenar de empresarios del polígono industrial y a ASEARCO, la organización empresarial que lideró un recurso colectivo.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que anulaba las subidas en el IBI industrial a empresas de Arganda por parte del anterior gobierno local, ya es firme. La Asociación de Empresarios de Arganda, Rivas y Comarca, ASEARCO, lo ha celebrado en un comunicado en el que se atribuye la iniciativa de llevar ante la Justicia la subida del impuesto.
El pasado mes de julio se dio a conocer la decisión judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que invalidaba la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 2, reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles de Arganda. Esta norma municipal, aprobada en 2022, incrementaba el recibo del tributo hasta un 130% para cerca de 500 empresas y propietarios de fincas afectados.
Tras superarse el plazo legalmente previsto, el Ayuntamiento de Arganda no recurrió la sentencia (como manifestó en su momento) y ahora los negocios afectados, pymes familiares, cooperativas, empresas que son soporte de numerosos puestos de trabajo en el municipio, «pueden respirar tranquilos», según se menciona en el comunicado de ASEARCO.
Dos años de batalla legal
Esta norma fiscal subió en 2022 el tipo impositivo del 0,48% al 1,1%. Gracias a la decisión judicial, las empresas tendrán que hacer frente a un porcentaje que ya no será de 0,48%, sino de un 0,46%, porque el consistorio argandeño aprobó recientemente esa bajada del IBI.
David París, presidente de ASEARCO, explica que “la subida del impuesto era discriminatoria, era injusta y no venía apoyada por un informe técnico que la justificara. Un informe que demostrara la necesidad de un incremento tan desproporcionado, que llegó a poner en grave riesgo la actividad de muchas empresas”.
La sentencia muestra la indefensión jurídica de los empresarios
La sentencia del TSJM explica que el Ayuntamiento no respetó el plazo mínimo de exposición pública por lo que declara la nulidad de pleno derecho de la modificación de la Ordenanza. Es decir, no se había garantizado la seguridad jurídica ante un cambio que suponía un importante varapalo fiscal. De hecho, la publicación de la Ordenanza se produjo cuando aún no había finalizado el plazo de exposición pública, una circunstancia “grave”, según apunta en su sentencia el TSJM.
Próxima reunión con el nuevo concejal de Hacienda
En los próximos días, David París, se va a reunir con el concejal de Hacienda del Ayuntamiento de Arganda, Álvaro Fernández. El objetivo de este encuentro es conocer cuál va a ser la forma de proceder que tendrá el Consistorio con las empresas recurrentes y poder, de este modo, hacer efectivo lo que dictamina la sentencia.
Información sobre la devolución de cuotas pagadas durante este ejercicio y los anteriores
En este sentido, además, los servicios jurídicos de ASEARCO ofrecerán más información sobre la devolución de cuotas pagadas durante el presente ejercicio y los anteriores. Para ello las empresas que así lo deseen pueden ponerse en contacto con la asociación de empresarios a través del correo info@asearco.org
El presidente de la Asociación felicita, nuevamente, a las empresas que confiaron y formaron parte del recurso colectivo que prosperó en los tribunales: “Sin su capacidad de lucha y sin su empuje no hubiéramos logrado esta victoria”. La asociación de empresarios agradece, de forma especial, la habilidad, el esfuerzo y la dedicación de los servicios jurídicos de la asociación (el despacho Montero Estévez y el abogado Álvaro Torrecillas), que han conseguido esta sentencia favorable.
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