A partir de este lunes entran en vigor los cambios de la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial

Entran en vigor las nuevas normas y multas de la DGT, en el marco de esta nueva ley. Entre las nuevas medidas que Dirección de Tráfico instaura encontramos: seis puntos menos por llevar el móvil en la mano, cuatro por no usar casco o cinturón y no habrá margen extra de 20 km/h al adelantar en carreteras convencionales.

Hoy, lunes 21 de marzo, entra en vigor la nueva ley de tráfico. Según informan desde la Moncloa es una ley que «se adapta a los nuevos tiempos y que da un paso más para seguir avanzando en mejorar la seguridad vial en España». En el marco de la instauración de esta nueva ley y sus nuevas normas, la DGT destaca el cambio en la movilidad hoy en día, en las «nuevas formas de movernos, conectarnos y comunicarnos nos exigen evolucionar».

La página web de la Moncloa muestra las declaraciones del director general de Tráfico, Pere Navarro, ante esta nueva ley: «es una Ley que apuesta por el futuro, ya que se incorpora a la Ley de Tráfico la política de medioambiente, obligando a los usuarios de la vía a protegerlo y con referencias expresas a episodios de alta contaminación y a zonas de bajas emisiones. También es novedosa porque establece, por primera vez, la regulación del vehículo autónomo con el fin de dotarle de un marco jurídico susceptible de garantizar las exigencias en relación con la seguridad vial».

Estas son las nuevas normas que han entrado en vigor en cada marco de actuación

  • Velocidad ⇒ en carreteras convencionales, los conductores de turismos y motocicletas ya no podrán superar en 20km/h la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos.
  • Cinturón de seguridad y elementos de protección ⇒ aumenta de 3 a 4 los puntos a detraer por no hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios. 1 de cada 4 fallecidos en accidente de tráfico sigue sin hacer uso del cinturón de seguridad.
  • Distracciones ⇒ Aumenta de 3 a 6 los puntos si conduces sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil.
  • Objetos a la vía. Pasa de infracción grave a muy grave arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios. Esta infracción supone la pérdida de 6 puntos y la sanción de 500 euros.
  • Ciclistas. Se incrementa la seguridad de los ciclistas haciendo obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar por completo de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de 4 a 6 los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 m. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.
  • Peatones ⇒ Ahora, los peatones tienen preferencia de paso sobre los vehículos en los pasos para peatones, en las aceras y en las zonas peatonales. Recuerda que todos en algún momento somos peatones.
  • Alcohol. Los conductores menores de edad que conduzcan cualquier vehículo no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0,0, tanto en sangre como en aire espirado. Es una infracción que no cambia, sigue tipificada como muy grave: 500 euros de multa.

Permiso de conducir y puntos 

  • Recuperación de los puntos del carnet. Se unifica en 2 años el plazo que tiene que transcurrir sin cometer infracciones que detraen puntos para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos. Hasta la aprobación de la reforma de la Ley, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida. Se ha simplificado, de modo que sea de más fácil su comprensión y comunicación.
  • Ahora ya no es necesario llevar físicamente tu permiso de conducir, con la App mi DGT, podrás acreditar que tienes autorización para conducir.
  • Ahora, cuando te presentas a una prueba para la obtención o recuperación del permiso de conducir u otro trámite administrativo para conducir, no puedes utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente. También se considera infracción muy grave colaborar o asistir a otra persona para este fin.  En caso de hacerlo, el aspirante no podrá presentarse a las pruebas para la obtención o recuperación del permiso en el plazo de seis meses.

Normas, señales y autoridad:

  • Obligatorio respetar las restricciones de circulación que responden a los protocolos activos ante episodios de contaminación y de Zonas de Baja Emisión (ZBE).
  • Prohibido parar o estacionar tu vehículo en el carril bici o en vías ciclistas. La bicicleta es un medio más de transporte, cada vez más numeroso, y tenemos que aprender a convivir con él y aprender a proteger a este colectivo más vulnerable.

Inferencias en el sistema de vigilancia y control

  • Llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está prohibido, estén conectados o no.

Específicas para conductores de ciclomotor

  • Uso obligatorio de casco ⇒ no usar el casco o no hacerlo de forma adecuada te hará perder 4 puntos.
  • Se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados ⇒  para la utilización en el casco de protección de los conductores de moto y ciclomotor, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en la conducción.

Específicas para ciclistas

  • Los vehículos que necesiten adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor, tendrán que hacerlo ocupando completamente el carril contiguo si la vía tiene 2 o más carriles por sentido. Y si la vía solo tiene un carril, mantener la separación mínima de 1,5 metros.
  • Ahora, si eres menor de edad y conduces, tu tasa de alcohol es 0,0.
  • Está prohibido parar o estacionar en el carril bici o en vías ciclistas. Su incumplimiento se considera una infracción grave.

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