Debido a la alta tasa de incidencia COVID registrada en las dos últimas semanas de 800 casos positivos por cien mil habitantes, el consejero de sanidad informó ayer viernes 22 de enero sobre las nuevas restricciones que se han establecido en toda la Comunidad y que entrarán en vigor del lunes 25 de enero y hasta el 8 de febrero incluido
La Comunidad de Madrid ha decidido ampliar el horario de las restricciones de movilidad nocturna salvo por causa justificada desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas. Esta medida excepcional para frenar la expansión del COVID-19 se aplicará durante dos semanas, a partir de las 00:00 horas de la noche del domingo 24 al lunes 25 de enero y hasta el 8 de febrero incluido. Igualmente, se ha anunciado que el municipio de Arganda del Rey no está dentro de las Zonas Básicas de Salud con restricciones de movilidad diurnas.
La Consejería de Sanidad ha establecido, además, el adelanto del cierre de todos los establecimientos comerciales, hostelería y restauración, de las 22:00 horas a las 21:00 horas. Solo pueden abrir en horario nocturno las farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y aquellos que presten servicios imprescindibles e inaplazables.
Asimismo, se prohíben las reuniones de no convivientes en domicilios, salvo que se trate de cuidados a terceras personas (mayores, dependientes, menores de edad o personas vulnerables); y se limitan las mesas en hostelería y restauración a un máximo de cuatro personas, tanto en el interior como en terrazas o espacios al aire libre. La Consejería de Sanidad ha recomendado, también, que los mayores salgan a la calle durante esta semana lo imprescindible, y que las empresas favorezcan el teletrabajo.
En toda la región se mantienen los aforos de lugares de interior al 50% y también en los espacios de ocio de los centros comerciales, que pasan del 75% al 50%. Además, está suspendido el servicio en barra en la hostelería. La Dirección General de Salud insiste en el uso permanente de la mascarilla en todos los ámbitos, incluida la hostelería, salvo en el momento de comer y beber.
Otras excepciones a la norma general del 50% son: instalaciones culturales (75%), salas polivalentes (40%), terrazas al aire libre (75%) y centros de formación no reglada (75%).
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