El periodo de máximo riesgo se extenderá del 15 de junio al 30 de septiembre y el Ayuntamiento establece medidas y prohibiciones para evitar incendios forestales.
El Ayuntamiento de Arganda del Rey ha activado la campaña municipal de prevención de incendios forestales mediante la publicación de un bando firmado por el alcalde, Alberto Escribano, en cumplimiento del Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA). El objetivo es reducir al máximo el riesgo de incendios durante los meses de verano y minimizar sus posibles consecuencias sobre la población, las viviendas y el entorno natural.
Según recoge el documento, la época de peligro alto se extenderá entre el 15 de junio y el 30 de septiembre, mientras que la época de peligro medio comprende los periodos del 16 de mayo al 14 de junio y del 1 al 31 de octubre. Durante estos meses, el Consistorio recuerda que es fundamental extremar las precauciones y seguir las indicaciones de Policía Local, Protección Civil y los servicios municipales.
Entre las principales obligaciones establecidas en el bando destaca la responsabilidad de los propietarios de parcelas de revisar y desbrozar la vegetación existente en sus terrenos, así como mantener limpias las franjas perimetrales de seguridad para evitar la acumulación de material combustible. Además, los restos vegetales generados deberán retirarse y depositarse en instalaciones autorizadas, como el Punto Limpio, evitando su almacenamiento en las propias parcelas.
El Ayuntamiento pone especial atención en las denominadas zonas de interfaz urbano-forestal, es decir, aquellos espacios donde confluyen áreas naturales y zonas habitadas, como urbanizaciones, viviendas aisladas o bordes de núcleos urbanos. En estos entornos se recomienda reforzar la vigilancia y mantener en buen estado los sistemas de protección contra incendios, incluyendo mangueras, depósitos de agua, hidrantes, herramientas o sistemas de riego.
El bando también establece una serie de prohibiciones destinadas a evitar situaciones de riesgo. Entre ellas figura la prohibición de encender fuego en espacios abiertos sin la correspondiente autorización, así como arrojar colillas, materiales en combustión o cualquier objeto susceptible de provocar un incendio. Del mismo modo, queda restringido el uso de cohetes, petardos y otros elementos pirotécnicos que puedan originar una ignición accidental.
Asimismo, durante las épocas de peligro medio y alto, el uso de maquinaria o equipos capaces de generar chispas, descargas eléctricas o deflagraciones en terrenos forestales y en una franja de hasta 400 metros a su alrededor requerirá autorización específica en aquellos casos en los que la normativa así lo establezca. Esta medida afecta, entre otros, a trabajos de soldadura, maquinaria agrícola o equipos de corte.

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