La Comunidad modifica los horarios de paseos y actividad física de los menores de 14 años

A partir de hoy jueves 28 de mayo, los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 podrá realizarse entre las 10:00 y las 13:00 horas y entre las 17:00 y las 21:00 horas.

Puedes consultar la Orden 527/2020 en ESTE ENLACE

La Consejería de la Sanidad de la Comunidad de Madrid publicaba ayer miércoles 27 de mayo en el Boletín Oficial de la Comunidad la Orden 527/2020, por la cual se modifican las franjas horarias para la realización de paseos y actividad física de los menores de 14 años, modificación que entrará en vigor a partir de hoy jueves 28 de mayo.

Así, los desplazamientos por parte de la población menor de 14 años durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, podrá realizarse entre las 10:00 y las 13:00 horas y entre las 17:00 y las 21:00 horas. Según indica la misma orden, se podrá realizar un paseo diario de máximo una hora de duración y a una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio del menor.

Además, también se aclara que las citadas franjas horarias no serán de aplicación a los desplazamientos de menores de catorce años en los municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que tengan menos de 10.001 habitantes y densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado, que se realizarán en las condiciones previstas en el artículo 3 de la Orden SND/427/2020 del 21 de mayo.

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